Caso Abril Sosa: "Vulneró de la manera más cruenta los derechos de la niña"

Lo dice el fundamento de la condena a perpetua al asesino de Abril Sosa. Ludueña la raptó, le dio cerveza, abusó de ella y la estranguló. Si bien no aplican la figura de femicidio, los jueces hacen hincapié en la brutalidad del ataque sexual y destacan la vulnerabilidad que tenía la niña.

Sociedad 05/12/2019

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Señores jurados, me dirijo a ustedes, como así también a los familiares: quiero pedirles disculpas por el daño que he hecho. Mi abogado me aconsejó lo mejor, estoy arrepentido de lo que hice. Pido por favor que a mi familia se la excluya de todo esto, quiero cumplir mi condena y dar ese alivio a los padres. No digo más nada por respeto a los padres. Reconozco los hechos que se me atribuyen tal como se me los ha leído”.

 
Corría la mañana del pasado 11 de noviembre y, en un juicio abreviado a puertas cerradas, se buscaba justicia para uno de los crímenes más dolorosos y espantosos de los últimos años en Córdoba: el rapto, violación y asesinato de Abril Alejandra Sosa. La nena de 4 años fue atacada en enero de 2018 en una pensión de barrio General Bustos de la ciudad de Córdoba.
 
Daniel Alberto Ludueña (36), un albañil adicto a las drogas, aceptó todos los cargos, se mostró arrepentido y la Cámara 2ª del Crimen de Córdoba lo condenó a cadena perpetua por abuso sexual calificado y homicidio criminis causae (cuando se mata para lograr la impunidad). El juicio fue abreviado para evitar la revictimización de la familia de Abril y, en especial, para preservar a todos sus hermanitos. El tribunal no aplicó el agravante de femicidio.
 
En las últimas horas, como exige la ley, se conocieron los fundamentos del fallo condenatorio.
 
En unas 155 páginas, los jueces (con el fallo mayoritario de la vocal Mónica Traballini) desmenuzan aquella historia de espanto, destacan la investigación judicial que cercó al depravado y las pruebas obrantes, al tiempo que resaltan la victimización sexual y todo lo que ello implicó de lo que fue víctima una pequeña niña.
 
Algo no menor en la sentencia del tribunal son los párrafos que se dedican a destacar la extrema condición de vulnerabilidad que atravesaba la propia víctima.
 
Sin criminalizar la pobreza, los jueces resaltaron que la criatura estaba sin contención ni cuidado, entre otras condiciones de vulnerabilidad. Vivía en un contexto de desamparo material y humano.
 
Tanto es así que la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de Córdoba (Senaf) terminó interviniendo en ese hogar.
 
El espanto del espanto
 
En los fundamentos del fallo se señala que Abril Sosa fue raptada bajo engaño por Daniel Ludueña, quien era conocido por el padre de la criatura.
 
En la lluviosa madrugada del 14 de enero de 2018, tras haber bebido alcohol con los padres, Ludueña logró llevar bajo engaño a la criatura a la pensión donde vivía.
 
Se aprovechó de que “la nena se encontraba jugando sola en la vereda”, resaltaron los jueces.
 
Hay un dato no menor: la pequeña conocía a Ludueña, porque este iba a su casa. Lo llamaba “tío Daniel”. No está claro si le mintió con que iba a darle golosinas o unas pinturitas; lo concreto es que se llevó a la niña. Sus padres se darían cuenta largo rato después.
 
Ya en la pensión, según la causa, Ludueña le dio cerveza a la nena (para quitarle reacción), tras lo cual abusó sexualmente de ella.
 
Luego, la estranguló para no ser descubierto. El depravado ocultó el cuerpo dentro de un bolso en su pieza varios días hasta que, frente al señalamiento vecinal, llamó a un taxi, abandonó la pensión y fue a tirar el cuerpo a un baldío.
 
Fue consciente de todo
 
Los jueces valoraron que los peritajes psiquiátricos demostraron que el violador era consciente al momento que pasó todo.
 
En ese peritaje surgió que Ludueña tuvo una infancia muy infeliz, carente de afectos y que, si bien trabajaba de grande, era afecto a las drogas. Se destacó que tuvo dos fracasos sentimentales de importancia y que es padre de dos chicos. Los estudios forenses indicaron que tiene una personalidad psicopática y manipuladora.
 
Se señaló que, por su personalidad, tiene reacciones impulsivas y agresivas ante los fracasos.
 
El peritaje además detectó conflictos en el ámbito sexual de su personalidad. “(Tiene) baja autoestima en su masculinidad”, se lee en un párrafo del fallo.
 
Tras ser detenido, se hallaron en su cuerpo rastros de droga en sangre y orina. “El abuso sexual y la muerte (de Abril) han vulnerado de la manera más cruenta los derechos de una niña y, además, prima facie, se inscriben dentro de un contexto de violencia de género”, expuso la jueza Mónica Traballini.
 
La magistrada resaltó que las conductas de Ludueña infringieron la básica protección de quienes transitan la infancia. Y puso énfasis en la victimización sexual.
 
“La victimización sexual constituye una de las formas paradigmáticas de la violencia contra las mujeres, pues la apropiación del cuerpo femenino como botín de satisfacción sexual del varón aparece como una manifestación elocuente de la desigualdad real y estructural de las mujeres en la protección y ejercicio de sus derechos”, resalta un párrafo del fallo.
 
Tras puntualizar la histórica desigualdad entre el hombre y la mujer y la dominación hacia esta, la magistrada Traballini resaltó: “Esta asimetría se profundiza en el caso bajo análisis en la medida en que Abril, además de mujer, era una niña, de condición humilde, en un contexto de desamparo material, lo que muestra el modo en que la interseccionalidad de la discriminación potencia la vulnerabilidad”.
 
“Algo de luz dejó este espanto de caso... Y es que el crimen de Abril permitió que la Senaf terminara interviniendo”, opinaba ayer una alta fuente judicial que trabajó muy de cerca en este caso.
 
Denunció amenazas. En el juicio, Ludueña dijo que fue amenazado de muerte en la cárcel.
 
La Cámara 2ª ordenó que se lo investigue por otros hechos de acoso sexual en la barriada.
 
 

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