El Gobierno Nacional amplió el listado de actividades y servicios
Están incluidos los albañiles, plomeros, electricistas, chagarines, gasistas, fumigadores, técnicos, refrigeración, vidrieros, entre otros. Esto significa que podrán salir de sus casas y desarrollar sus actividades en esta cuarentena obligatoria.
            Nacionales
            03/04/2020
          
          
        
           
        
	Nuevos exceptuados 
	1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
	2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
	3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
	4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
	5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear. 6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
	7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
	8. Inscripción, identificación y documentación de personas.
	Aclárase que las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N° 297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del artículo 6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
	Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.
 
                                   
                                   
                                  
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