Presa y sin candidatura. Cristina Kirchner fue condenada por corrupción

La Corte Suprema confirmó la sentencia en la causa Vialidad y la expresidenta tendrá que cumplir seis años de prisión

Política y Sociedad 11/06/2025

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En un fallo histórico, la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua a ocupar cargos públicos contra Cristina Kirchner en el contexto de la causa Vialidad.
 
El Tribunal Oral Federal N°2, que la condenó en primera instancia, instó a la expresidenta a que se presente dentro de los cinco días hábiles desde que sea notificada de la sentencia en su contra. Además, el tribunal integrado por los jueces Andrés Basso, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu, le pidió a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que disponga de un lugar para su detención.
 
La decisión confirmada este martes por la Corte sacude a todo el sistema político. Cristina Kirchner es la primera expresidenta en tener una condena firme por corrupción. La actual líder del Partido Justicialista (PJ) nacional, aún la figura más fuerte de la oposición al gobierno de Javier Milei, quedará fuera de la carrera electoral y no podrá competir, como era su intención, por una banca en la Legislatura bonaerense el próximo 7 de septiembre.
 
Por su edad, 72 años, Cristina Kirchner puede solicitar cumplir la condena en arresto domiciliario. Esperó el pronunciamiento de la Corte rodeada de dirigentes y militantes en la sede del PJ.
 
La Corte Suprema resolvió de manera unánime, con los votos de los tres jueces: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
 
A las 17.50, la expresidenta dio un mensaje frente a la militancia, desde la sede del PJ. “Es un triunvirato de impresentables”, dijo sobre los jueces de la Corte. Y añadió: “Agregaron el cepo al voto popular”. Relacionó el fallo “al cronograma electoral”.
 
Con la decisión de la Corte, quedó firme la condena a seis años de prisión para la expresidenta por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en las 51 licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz.
 
El máximo tribunal también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, tras rechazar el pedido de la fiscalía para agravar su condena al declarar el planteo inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en Civil y Comercial de la Nación.
 
Los jueces Rosatti y Rosenkrantz hicieron un voto conjunto al que se sumó luego Lorenzetti. Los tres rechazaron cada uno de los argumentos que sostuvo la defensa para intentar revertir, en su recurso de queja, la condena en su contra.
 
“Las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”, sostuvieron los jueces del máximo tribunal.
 
Todo se precipitó por la mañana, cuando Rosatti informó que los jueces se reunirían para tratar el asunto, algo inusual en la comunicación de la Corte.
 
Los jueces consideran a Cristina Kirchner responsable del delito de defraudación contra la administración pública para favorecer a Báez en las licitaciones de obras públicas en Santa Cruz.
 
Después de la segunda instancia, la expresidenta había presentado un recurso de queja ante la Corte, mientras que el fiscal Mario Villar reclamaba duplicar la pena a 12 años (a partir de agregar el delito de asociación ilícita).
 
Las señales de que llegaría una decisión del máximo tribunal se aceleraron la semana pasada, cuando los tres jueces rechazaron “sin más trámite” la recusación del juez Ricardo Lorenzetti que presentó la defensa de la expresidenta.
 
Ella lo tomó como una confirmación de lo que vendría. El sábado, en un acto en Corrientes, dijo: “Hay que estar atentos a que me metan presa”. Y añadió: “Mirá cómo tiemblo”. El lunes organizó un acto en la sede porteña del PJ para convocar a una resistencia política, del que participó incluso su reciente adversario interno, Axel Kicillof.
 
“Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación”, dijeron los tres jueces.
 
Y añadieron: “El argumento de la defensa basado en la competencia de terceras personas en el asunto —entre ellas, el jefe de gabinete de ministros de la Nación y los restantes funcionarios nacionales y provinciales que intervinieron en los hechos— se desentiende del fundamento desarrollado por los jueces de la causa en torno a la modificación implementada por el decreto 54/2009 y la indisputada competencia y responsabilidad de la encausada en la emisión del mismo. Además, omite rebatir las demás circunstancias ponderadas por el a quo respecto de la intervención personal de la recurrente en los hechos, en particular, el beneficio económico obtenido”.

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