El Gobierno habilitó la posibilidad para que particulares puedan brindar servicios de transporte

Los detalles fueron publicados en la resolución 57/2024, donde se establecen los alcances de la medida

Sociedad 10/12/2024

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La secretaría de Transporte habilitó este martes la posibilidad para que particularidades puedan brindar servicios de transporte nacional, urbano, suburbano e interjurisdiccional, en el marco del proceso de desregulación que encabeza el ministro de Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

La medida se plasmó en la resolución 57/2024, publicada en el Boletín Oficial, que detalla los alcances del decreto 883/2024 publicado semanas atrás.
 
El documento abre los registros para quienes deseen sumarse a prestas servicios de manera regular u ocasional y establece los requisitos que deben cumplir en cada caso.
 
En tanto, indica que se consideran “autorizados para la prestación de servicios de transporte interjurisdiccional y de oferta libre a todos los transportistas con habilitación vigente al momento del dictado de la presente resolución”.
 
Además , invita a las autoridades provinciales “a dictar la normativa complementaria pertinente, a los efectos de lograr una más eficiente organización de los servicios de transporte interjurisdiccional, a través de la unificación o complementación de procedimientos en el marco de la celebración de acuerdos o convenios”.
 
La secretaría de Transporte habilitó este martes la posibilidad para que particularidades puedan brindar servicios de transporte nacional, urbano, suburbano e interjurisdiccional, en el marco del proceso de desregulación que encabeza el ministro de Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
 
La medida se plasmó en la resolución 57/2024, publicada en el Boletín Oficial, que detalla los alcances del decreto 883/2024 publicado semanas atrás.
 
El documento abre los registros para quienes deseen sumarse a prestas servicios de manera regular u ocasional y establece los requisitos que deben cumplir en cada caso.
 
En tanto, indica que se consideran “autorizados para la prestación de servicios de transporte interjurisdiccional y de oferta libre a todos los transportistas con habilitación vigente al momento del dictado de la presente resolución”.
 
Además , invita a las autoridades provinciales “a dictar la normativa complementaria pertinente, a los efectos de lograr una más eficiente organización de los servicios de transporte interjurisdiccional, a través de la unificación o complementación de procedimientos en el marco de la celebración de acuerdos o convenios”.
 
Qué dijo Sturzenegger
 
“Esperamos que con esta nueva reglamentación todos los operadores del sector puedan trabajar en total libertad, compitiendo entre sí, y con la flexibilidad que demandan los tiempos que corren”, escribió el ministro Sturzenegger en la red social X, donde invitó a los propietarios de grandes o pequeños a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros.
 
Cómo anotarse en el registro
 
En un anexo, la resolución establece los detalles para integrar el registro de transportistas, mediante un trámite web en el que se completará una declaración jurada con los siguientes datos.
  • Los datos del transportista.
  • Declaración del parque móvil.
  • Declaración de la nómina de conductores.
  • Declaración de línea y/o servicios a realizar.
  • La obtención del alta demorará cinco días.
  • Quiénes no podrán inscribirse en el registro
  • La norma establece que las siguientes personas no podrán inscribirse en el registro de transportistas:
  • Los inhabilitados por condena judicial para ejercer el comercio.
  • Los fallidos hasta su rehabilitación definitiva.
Oferta libre: cómo funcionará
 
En el caso de los servicios de oferta libre para ámbitos urbano y suburbano de jurisdicción nacional, los transportistas deberán declarar:
  • Cabeceras
  • Paradas
  • Días y horarios
  • Plazo de mantenimiento de oferta
  • Cantidad máxima de personas a transportar
  • Itinerario, si fuera un servicio eventual o de prestación única

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