Menos de 10 mil habitantes: ingresó a la Unicameral el proyecto para que intendentes puedan ir por otro período
El radical Orlando Arduh elevó la modificación del artículo 7 con apoyo de los jefes comunales que reclaman se los habilite para otro mandato.
Política y Sociedad
28/02/2023
El presidente del bloque de legisladores de Juntos por el Cambio, el radical Orlando Arduh, realizó este martes la presentación formal del proyecto de modificación que establece que intendentes, concejales y tribunos de cuentas de localidades de menos de 10 mil habitantes puedan participar en las elecciones municipales de este año por otro período.
Ya a fines de diciembre pasado y en medio de los reclamos de los intendentes que exigían que el Gobierno provincial habilite la modificación del Código Electoral para que se permita la re-reelección por única vez, Arduh había advertido que se pondría al frente del planteo y que cumplirían con el ingreso del proyecto.
Este martes, la propuesta que lleva su firma tomó estado parlamentario. Tiene un artículo y uno segundo, de forma.
La iniciativa dejó expresada que sólo se busca establecer cambios en el artículo 7, del Código Electoral Provincial, tal como reclaman los intendentes.
“Modifícase el artículo 7, de la ley 10.406, modificatoria de la ley 9.571, del Código Electoral Provincial, y la ley 8.102, de la Orgánica Municipal, el que quedará redactado de la siguiente manera: A los fines de la aplicación de la presente ley y de las leyes que resultan por ella modificada, será considerado como primer período el mandato comprendido entre 2015-2019 respecto de legisladores, integrantes del Tribunal de Cuentas de la Provincia, concejales, intendentes y miembros del Tribunal de Cuentas de municipios facultados para dictar su Carta Orgánica...”, se especificó.
Y se detalló: “Respecto de concejales, intendentes y miembros del Tribunal de Cuentas de municipios de hasta 10 mil habitantes y comunas de hasta 2 mil habitantes, conforme al Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de 2010, se considerará como primer período el actual en curso 2019-2023, que haya tenido lugar con posterioridad a la sanción de la Ley 10.406″.
De esta forma, los intendentes de localidades de menos de 10 mil habitantes y que lleven cursado dos períodos desde 2015 (o más) podrían participar como candidatos para otro mandato.
Los fundamentos para modificar el artículo 7 también fueron sostenidos en el mismo proyecto con las notas en apoyo del Foro de Intendentes Radicales de Córdoba y de la organización Comunas y Municipios de la Provincia (Comupro).
“Las autoridades del Foro de Intendentes Radicales de Córdoba queremos hacer extensivo el apoyo a vuestro proyecto de modificación del artículo 7, de la ley 10.406, que permitirá a los intendentes completar su segundo período a partir de la sanción de la ley, lo que no implica una reelección indefinida. Vemos favorable que este proyecto de ley se centre en las localidades más pequeñas, de menos de 10 mil habitantes, que son las de más necesidades y permanentemente son atendidas y conocidas por sus intendentes”, expresaron en una nota jefes locales del radicalismo.
El mismo escrito presentaron en apoyo los intendentes del Comupro, integrado por intendentes vecinalistas y del PRO, que también vienen reclamando un nuevo mandato.
“La modificación del artículo 7, estableciendo una progresividad de la limitación, primero a los municipios de más de 10 mil habitantes y para el próximo período aplicable a todos los municipios y comunas de la Provincia, brindará una solución a la necesidad de formar y capacitar nuevos líderes. No se altera el espíritu de la ley sino de una implementación gradual que no genere problemas de orden práctico”, insistió Arduh en sus fundamentos.
“Del total de municipios y comunas, casi la mitad de las localidades son municipios entre 2 mil y 10mil habitantes, repartidos indistintamente por todo el territorio provincial. El que conoce la realidad de nuestra provincia sabe que se tratan de vastos territorios, muchas veces despoblados, con dificultades para integrarse en todos los casos e inmersos en contextos extremadamente particulares”, fundamentó.
“Es importante entender que el presente proyecto de ley no modifica el espíritu intrínseco de la ley 10.406, el cual limita las re-elecciones indefinidas; por el contrario, mantiene su esencia. Sin embargo, no puede perderse de vista la realidad de localidades pequeñas, las cuales distan mucho de las realidades de las grandes urbes y ciudades cordobesas. Incluso, hay comunas tan pequeñas que ni siquiera cuentan con postulantes a cubrir los cargos electivos, labor que -como bien se sabe en la mayoría de los casos- se hace ad honorem o con recursos extremadamente limitados”, insistió el legislador radical.
“Por lo que he tomado el compromiso de formalizar sus pedidos y presentar el presente proyecto de ley con la firme convicción de que esta presentación legislativa habilita la instancia de debate y discusión solicitada... Entendiendo que es un tema que no están pudiendo resolver directamente los partidos, ni tampoco el Poder Ejecutivo, el ámbito legislativo debería ser el ámbito adecuado para debatir los acuerdos necesarios para dar por finalizada esta cuestión”, aseguró en los fundamentos.
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